Muchos de los internamientos psiquiátricos se realizan de manera urgente. En otros muchos, este internamiento está precedido por un traslado sanitario de urgencia desde el domicilio hasta la unidad hospitalaria. El Código Civil español establece claramente los requisitos y procedimiento para el internamiento psiquiátrico involuntario, pero no existe regulación legal alguna respecto al traslado sanitario involuntario. Han sido los servicios de salud de cada comunidad autónoma (en consenso con los poderes ejecutivo y judicial) quienes han tenido que regular estos protocolos. En esta sección facilitamos los que hemos encontrado. Hay que destacar que, aunque nunca se haya dicho ni se considere en la práctica diaria, la validez jurídica de estos protocolos es más que dudosa, toda vez que quienes las instituciones públicas y privadas que los suscriben no poseen competencia legal alguna (ni los administradores sanitarios ni las fuerzas de seguridad ni el poder judicial) para regular un protocolo de traslado involuntario (en privación del derecho fundamental a la libertad individual), aspecto que nunca ha sido tenido en cuenta por el poder legislativo español.